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	<title>Diccionario Inmobiliario archivos | Cooperatia</title>
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	<description>Gestión de cooperativas de viviendas y proyectos inmobiliarios. Profesionales con 20 años de experiencia en el sector.</description>
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	<title>Diccionario Inmobiliario archivos | Cooperatia</title>
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	<item>
		<title>¿Qué es un condominio según el Código Civil?</title>
		<link>https://cooperatiagestion.es/condominio/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[cooper19]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 09 Aug 2024 13:53:41 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Diccionario Inmobiliario]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Según el Código Civil, el condominio es un derecho de propiedad sobre un bien que pertenece en común a varios propietarios, a quienes les corresponde una parte indivisa del mismo. Los copropietarios poseen una porción indivisa de la cosa común, que se presume igual entre todos, salvo que la ley o un acuerdo dispongan lo contrario. El condominio presenta una serie de características principales, entre las que se incluyen: El Código Civil establece normas para el funcionamiento del condominio, que pueden ser modificadas por los copropietarios:</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">Según el Código Civil, el condominio es un derecho de propiedad sobre un bien que pertenece en común a varios propietarios, a quienes les corresponde una parte indivisa del mismo. Los copropietarios poseen una porción indivisa de la cosa común, que se presume igual entre todos, salvo que la ley o un acuerdo dispongan lo contrario.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El condominio presenta una serie de características principales, entre las que se incluyen:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Número ilimitado de titulares:</strong> No existe un límite en el número de copropietarios.</li>



<li><strong>Diversidad de copropietarios:</strong> Los copropietarios pueden ser tanto personas físicas como jurídicas.</li>



<li><strong>Unidad del bien común:</strong> Existe un solo bien común, que no está dividido físicamente.</li>



<li><strong>Cuotas jurídicas:</strong> El bien común está dividido jurídicamente en cuotas.</li>
</ul>



<p class="wp-block-paragraph">El Código Civil establece normas para el funcionamiento del condominio, que pueden ser modificadas por los copropietarios:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Uso de la cosa común:</strong> Cada copropietario puede usar y disfrutar del bien común sin perjudicarlo ni afectar los derechos de los demás. El uso debe ser regulado por acuerdo para evitar exclusividades.</li>



<li><strong>Administración y disposición:</strong> La administración requiere el acuerdo de la mayoría de los copropietarios. Para actos de disposición, como vender o hipotecar, se necesita unanimidad. Si no hay acuerdo, un juez puede intervenir.</li>



<li><strong>Disposición de la cuota:</strong> Cada copropietario puede vender o gravar su cuota sin el consentimiento de los demás. Los frutos del bien común se reparten proporcionalmente.</li>



<li><strong>Beneficios y cargas:</strong> Las mejoras necesarias pueden realizarse sin permiso, respetando el derecho de uso. Los beneficios y las cargas se reparten proporcionalmente.</li>



<li><strong>Alteraciones:</strong> Ningún copropietario puede alterar la esencia del bien común, aunque se permiten reformas urgentes sin permiso, siempre que no perjudiquen a otros copropietarios.</li>
</ul>
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			</item>
		<item>
		<title>¿Qué es una nota simple registral?</title>
		<link>https://cooperatiagestion.es/nota-simple-registral/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[cooper19]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 24 Jul 2024 09:10:09 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Diccionario Inmobiliario]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://www.urbanisticos.es/diccionario-inmobiliario//</guid>

					<description><![CDATA[<p>La nota simple registral es un documento emitido por el Registro de la Propiedad que proporciona información sobre la titularidad y situación jurídica de un inmueble. Este informe detalla las posibles cargas (como hipotecas o embargos) y las limitaciones de uso (como un usufructo) que puedan afectar a la propiedad. La nota simple registral incluye los siguientes apartados:</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">La nota simple registral es un documento emitido por el Registro de la Propiedad que proporciona información sobre la titularidad y situación jurídica de un inmueble. Este informe detalla las posibles cargas (como hipotecas o embargos) y las limitaciones de uso (como un usufructo) que puedan afectar a la propiedad.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La nota simple registral incluye los siguientes apartados:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Descripción de la finca registral:</strong> Identifica el tipo de inmueble (urbano o rústico), su extensión, orientación, lindes, usos permitidos, y se incluye el número único de registro (C.R.U. o IDUFIR).</li>



<li><strong>Titularidad del inmueble:</strong> Proporciona los datos del titular o titulares de la finca, especificando si es de carácter privativo o ganancial. También detalla el modo de adquisición (compra, herencia, etc.), incluyendo el nombre del notario que autorizó la escritura y la fecha correspondiente.</li>



<li><strong>Cargas de la finca:</strong> Informa sobre posibles hipotecas, limitaciones al uso (como servidumbres o usufructos), y arrendamientos inscritos. Estas cargas pueden afectar tanto la responsabilidad económica del inmueble como las obligaciones del titular.</li>



<li><strong>Notas marginales:</strong> Son anotaciones secundarias que complementan la información principal. Pueden incluir aclaraciones sobre la finca, cambios en derechos inscritos, cancelaciones de cargas, o mencionar la existencia de segregaciones y otras correlaciones con fincas registrales.</li>
</ul>
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			</item>
		<item>
		<title>¿Qué es un permiso de obras?</title>
		<link>https://cooperatiagestion.es/permiso-de-obras/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[cooper19]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 05 Jul 2024 08:52:25 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Diccionario Inmobiliario]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://www.urbanisticos.es/diccionario-inmobiliario//</guid>

					<description><![CDATA[<p>El permiso de obra, también llamado permiso de construcción, es un trámite obligatorio que se debe solicitar en el ayuntamiento correspondiente a cada comunidad autónoma en España. Este permiso permite iniciar las obras, una vez se hayan pagado las tasas y derechos necesarios, de acuerdo con los planos y especificaciones presentados junto con la solicitud. Es fundamental obtener este permiso antes de empezar cualquier tipo de obra, ya sean grandes construcciones como nuevas edificaciones, rehabilitaciones o restauraciones, o pequeñas obras como reformas en viviendas o adecuaciones de locales. El permiso tiene una duración específica, generalmente de un año, aunque puede extenderse si es necesario. Debe incluir la fecha de inicio de las obras para garantizar su legalidad. Para solicitar el permiso de obras, la documentación requerida varía según la normativa de cada Ayuntamiento y comunidad autónoma en España. No obstante, de manera general, se suele pedir la siguiente documentación: Proyecto técnico: Es el documento principal que contiene todos los detalles técnicos de la obra a realizar. En casos de obras mayores, puede formar parte del Libro del Edificio. Memoria descriptiva: Detalla las características y objetivos de la obra de manera exhaustiva. Plan de actuación: Este plan describe las fases de ejecución de la obra, incluyendo los tiempos y las actividades a realizar en cada fase. Planos: Se deben incluir los planos de la obra, tanto de situación como de las diferentes plantas y cortes necesarios. Presupuesto detallado: Especifica el coste estimado de la obra, desglosado por partidas. Fotografía del estado actual de la obra: Es común incluir fotografías del lugar antes de iniciar los trabajos, especialmente en obras menores, para referencia y verificación. En el caso de obras menores, como reformas en viviendas o locales, puede que no sea necesario presentar toda esta documentación extensa. Generalmente, bastará con una descripción detallada de los trabajos a realizar y un presupuesto detallado que especifique los costes de materiales y mano de obra.</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">El permiso de obra, también llamado permiso de construcción, es un trámite obligatorio que se debe solicitar en el ayuntamiento correspondiente a cada comunidad autónoma en España. Este permiso permite iniciar las obras, una vez se hayan pagado las tasas y derechos necesarios, de acuerdo con los planos y especificaciones presentados junto con la solicitud.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Es fundamental obtener este permiso antes de empezar cualquier tipo de obra, ya sean grandes construcciones como nuevas edificaciones, rehabilitaciones o restauraciones, o pequeñas obras como reformas en viviendas o adecuaciones de locales. El permiso tiene una duración específica, generalmente de un año, aunque puede extenderse si es necesario. Debe incluir la fecha de inicio de las obras para garantizar su legalidad.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Para solicitar el permiso de obras, la documentación requerida varía según la normativa de cada Ayuntamiento y comunidad autónoma en España. No obstante, de manera general, se suele pedir la siguiente documentación:</p>



<p class="wp-block-paragraph">Proyecto técnico: Es el documento principal que contiene todos los detalles técnicos de la obra a realizar. En casos de obras mayores, puede formar parte del Libro del Edificio.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Memoria descriptiva: Detalla las características y objetivos de la obra de manera exhaustiva.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Plan de actuación: Este plan describe las fases de ejecución de la obra, incluyendo los tiempos y las actividades a realizar en cada fase.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Planos: Se deben incluir los planos de la obra, tanto de situación como de las diferentes plantas y cortes necesarios.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Presupuesto detallado: Especifica el coste estimado de la obra, desglosado por partidas.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Fotografía del estado actual de la obra: Es común incluir fotografías del lugar antes de iniciar los trabajos, especialmente en obras menores, para referencia y verificación.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En el caso de obras menores, como reformas en viviendas o locales, puede que no sea necesario presentar toda esta documentación extensa. Generalmente, bastará con una descripción detallada de los trabajos a realizar y un presupuesto detallado que especifique los costes de materiales y mano de obra.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>¿Qué es un bien inmueble?</title>
		<link>https://cooperatiagestion.es/bien-inmueble/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[cooper19]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 04 Jul 2024 08:58:15 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Diccionario Inmobiliario]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://www.urbanisticos.es/diccionario-inmobiliario//</guid>

					<description><![CDATA[<p>Bienes inmuebles por su naturaleza: Son aquellos que forman parte del suelo, como terrenos, bosques, aguas y minas. Los bienes son posesiones o propiedades de una persona física o jurídica, que conforman su patrimonio. Se dividen en bienes muebles, que pueden ser trasladados, y bienes inmuebles, que son objetos tangibles fijos en el terreno, también conocidos como bienes raíces. Los bienes inmuebles pueden clasificarse en varias categorías:Bienes inmuebles por incorporación: Incluyen construcciones que están adheridas al suelo, como edificios, caminos, puentes, entre otros. Bienes inmuebles por destino: Se refiere a bienes muebles que están destinados permanentemente al servicio o explotación del inmueble, como maquinaria agrícola, sistemas de riego o fertilizantes en un terreno agrícola. Bienes inmuebles por analogía: Este tipo incluye concesiones administrativas que tienen un efecto similar al de los bienes inmuebles, como las concesiones hipotecarias.</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">Bienes inmuebles por su naturaleza: Son aquellos que forman parte del suelo, como terrenos, bosques, aguas y minas.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Los bienes son posesiones o propiedades de una persona física o jurídica, que conforman su patrimonio. Se dividen en bienes muebles, que pueden ser trasladados, y bienes inmuebles, que son objetos tangibles fijos en el terreno, también conocidos como bienes raíces.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Los bienes inmuebles pueden clasificarse en varias categorías:<br>Bienes inmuebles por incorporación: Incluyen construcciones que están adheridas al suelo, como edificios, caminos, puentes, entre otros.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Bienes inmuebles por destino: Se refiere a bienes muebles que están destinados permanentemente al servicio o explotación del inmueble, como maquinaria agrícola, sistemas de riego o fertilizantes en un terreno agrícola.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Bienes inmuebles por analogía: Este tipo incluye concesiones administrativas que tienen un efecto similar al de los bienes inmuebles, como las concesiones hipotecarias.</p>
<p>La entrada <a href="https://cooperatiagestion.es/bien-inmueble/">¿Qué es un bien inmueble?</a> se publicó primero en <a href="https://cooperatiagestion.es">Cooperatia</a>.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>¿Qué es la cédula de habitalidad?</title>
		<link>https://cooperatiagestion.es/cedula-de-habitalidad/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[cooper19]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 30 Jun 2024 09:10:31 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Diccionario Inmobiliario]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://www.urbanisticos.es/diccionario-inmobiliario//</guid>

					<description><![CDATA[<p>La cédula de habitabilidad es un documento administrativo esencial que acredita que una vivienda cumple con los requisitos mínimos de salubridad, higiene, solidez y tamaño para ser habitada. Estos estándares están definidos en la Orden del 29 de febrero de 1944, que especifica las condiciones fundamentales que debe tener una vivienda para ser considerada habitable. Este documento es imprescindible para contratar servicios básicos como electricidad, agua, gas y telecomunicaciones, así como para garantizar la adecuada protección de la vivienda. Además, es un requisito indispensable para la venta o alquiler de la propiedad. Para obtener la cédula de habitabilidad, la vivienda debe estar legalmente registrada como tal. La cédula tiene una validez de quince años, tras los cuales debe renovarse para comprobar que la vivienda sigue cumpliendo con los requisitos establecidos. Existen tres tipos principales de cédulas de habitabilidad, cada una correspondiente a diferentes situaciones en relación con la ocupación de la vivienda: Cédula de habitabilidad de primera ocupación: Este documento, emitido por el Ayuntamiento, se entrega al promotor de una nueva construcción una vez que se han verificado y cumplido todas las normativas de habitabilidad. Esta cédula certifica que la vivienda está lista para ser habitada por primera vez. Cédula de habitabilidad de primera ocupación por rehabilitación: Se concede a inmuebles que han sido sometidos a una rehabilitación significativa o una reforma importante que afecta a las condiciones de habitabilidad. Esta cédula garantiza que, tras la rehabilitación, la vivienda cumple nuevamente con los requisitos técnicos y sanitarios necesarios para ser ocupada. Cédula de habitabilidad de segunda ocupación: Esta cédula se aplica a viviendas que ya han sido habitadas previamente y que necesitan renovar su cédula de habitabilidad, la cual tiene una validez específica (generalmente quince años). Es necesario renovarla para verificar que la vivienda sigue cumpliendo con los estándares de habitabilidad establecidos. Cada tipo de cédula de habitabilidad es fundamental para asegurar que las viviendas cumplen con los estándares mínimos necesarios para ser ocupadas de manera segura y adecuada por sus residentes.</p>
<p>La entrada <a href="https://cooperatiagestion.es/cedula-de-habitalidad/">¿Qué es la cédula de habitalidad?</a> se publicó primero en <a href="https://cooperatiagestion.es">Cooperatia</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">La cédula de habitabilidad es un documento administrativo esencial que acredita que una vivienda cumple con los requisitos mínimos de salubridad, higiene, solidez y tamaño para ser habitada. Estos estándares están definidos en la Orden del 29 de febrero de 1944, que especifica las condiciones fundamentales que debe tener una vivienda para ser considerada habitable.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Este documento es imprescindible para contratar servicios básicos como electricidad, agua, gas y telecomunicaciones, así como para garantizar la adecuada protección de la vivienda. Además, es un requisito indispensable para la venta o alquiler de la propiedad. Para obtener la cédula de habitabilidad, la vivienda debe estar legalmente registrada como tal. La cédula tiene una validez de quince años, tras los cuales debe renovarse para comprobar que la vivienda sigue cumpliendo con los requisitos establecidos.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Existen tres tipos principales de cédulas de habitabilidad, cada una correspondiente a diferentes situaciones en relación con la ocupación de la vivienda:</p>



<p class="wp-block-paragraph">Cédula de habitabilidad de primera ocupación: Este documento, emitido por el Ayuntamiento, se entrega al promotor de una nueva construcción una vez que se han verificado y cumplido todas las normativas de habitabilidad. Esta cédula certifica que la vivienda está lista para ser habitada por primera vez.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Cédula de habitabilidad de primera ocupación por rehabilitación: Se concede a inmuebles que han sido sometidos a una rehabilitación significativa o una reforma importante que afecta a las condiciones de habitabilidad. Esta cédula garantiza que, tras la rehabilitación, la vivienda cumple nuevamente con los requisitos técnicos y sanitarios necesarios para ser ocupada.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Cédula de habitabilidad de segunda ocupación: Esta cédula se aplica a viviendas que ya han sido habitadas previamente y que necesitan renovar su cédula de habitabilidad, la cual tiene una validez específica (generalmente quince años). Es necesario renovarla para verificar que la vivienda sigue cumpliendo con los estándares de habitabilidad establecidos.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Cada tipo de cédula de habitabilidad es fundamental para asegurar que las viviendas cumplen con los estándares mínimos necesarios para ser ocupadas de manera segura y adecuada por sus residentes.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>¿Qué es el catastro inmobiliario?</title>
		<link>https://cooperatiagestion.es/catrastro/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[cooper19]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 13 Jun 2024 08:12:31 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Diccionario Inmobiliario]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://www.urbanisticos.es/diccionario-inmobiliario//</guid>

					<description><![CDATA[<p>El catastro es un registro administrativo gestionado por el Ministerio de Hacienda que actúa como un inventario de inmuebles rústicos, urbanos y de características especiales. La inscripción de todos los inmuebles en el catastro es obligatoria y gratuita. En la actualidad, el catastro cumple tres funciones principales: Planificación urbana y rural: Proporciona información esencial para los planes de ordenamiento de los ayuntamientos, basada en el conocimiento detallado de los límites y registros de las propiedades. Cálculo de impuestos: Ayuda a determinar el monto total de los impuestos inmobiliarios que los ayuntamientos deben recaudar, como el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI). Seguridad jurídica: Registra todas las sucesivas propiedades de un inmueble o terreno, ofreciendo garantía jurídica en disputas sobre la propiedad. Los tipos de catastro se dividen en tres categorías principales: Catastro fiscal: Este tipo de catastro recoge el valor del inmueble y se actualiza anualmente. Se utiliza para calcular la contribución proporcional del Impuesto de Bienes Inmuebles que los ayuntamientos recaudan. Catastro jurídico: Este registro se centra en la relación entre el propietario, la propiedad y la comunidad. Es crucial para garantizar la seguridad jurídica en disputas sobre la propiedad. Catastro geométrico: Este tipo de catastro se utiliza para la medición, subdivisión, representación y ubicación precisa del bien inmueble en cuestión. Es esencial para la planificación urbana y rural, así como para la gestión del territorio. En este registro se reflejan datos relativos a los inmuebles, entre los cuales se incluyen los siguientes:</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">El catastro es un registro administrativo gestionado por el Ministerio de Hacienda que actúa como un inventario de inmuebles rústicos, urbanos y de características especiales. La inscripción de todos los inmuebles en el catastro es obligatoria y gratuita.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En la actualidad, el catastro cumple tres funciones principales:</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Planificación urbana y rural:</strong> Proporciona información esencial para los planes de ordenamiento de los ayuntamientos, basada en el conocimiento detallado de los límites y registros de las propiedades.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Cálculo de impuestos:</strong> Ayuda a determinar el monto total de los impuestos inmobiliarios que los ayuntamientos deben recaudar, como el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Seguridad jurídica:</strong> Registra todas las sucesivas propiedades de un inmueble o terreno, ofreciendo garantía jurídica en disputas sobre la propiedad.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Los tipos de catastro se dividen en tres categorías principales:</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Catastro fiscal:</strong> Este tipo de catastro recoge el valor del inmueble y se actualiza anualmente. Se utiliza para calcular la contribución proporcional del Impuesto de Bienes Inmuebles que los ayuntamientos recaudan.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Catastro jurídico:</strong> Este registro se centra en la relación entre el propietario, la propiedad y la comunidad. Es crucial para garantizar la seguridad jurídica en disputas sobre la propiedad.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Catastro geométrico:</strong> Este tipo de catastro se utiliza para la medición, subdivisión, representación y ubicación precisa del bien inmueble en cuestión. Es esencial para la planificación urbana y rural, así como para la gestión del territorio.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En este registro se reflejan datos relativos a los inmuebles, entre los cuales se incluyen los siguientes:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>La localización de la finca</li>



<li>Su referencia catastral</li>



<li>La superficie y el mapa catastral</li>



<li>Su uso y destino</li>



<li>El valor catastral</li>



<li>El titular del inmueble con el número de identificación fiscal o identidad de extranjero</li>



<li>La clase de cultivo o aprovechamiento (en su caso)</li>



<li>La calidad de las construcciones</li>
</ul>
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]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Cooperativa de viviendas</title>
		<link>https://cooperatiagestion.es/cooperativa-de-viviendas/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[cooper19]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 23 May 2024 12:38:33 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Diccionario Inmobiliario]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://www.urbanisticos.es/diccionario-inmobiliario//</guid>

					<description><![CDATA[<p>Una cooperativa de vivienda es una organización sin ánimo de lucro, creada por un grupo de personas que buscan satisfacer la necesidad común de acceder a una vivienda. Similar a la autopromoción individual de casas unifamiliares, en este modelo, los miembros colaboran para obtener viviendas de alta calidad a un coste más accesible que otras formas de promoción inmobiliaria, lo que resulta en precios de compra más bajos. Funcionando como promotora de las viviendas, la cooperativa asigna estas propiedades a sus miembros a precio de coste, eliminando así la ganancia que normalmente añadiría un promotor al precio final del inmueble. De esta manera, cada miembro no solo contribuye a la creación de la cooperativa, sino que también se beneficia directamente al recibir una vivienda sin el margen de beneficio comercial. En esencia, una cooperativa de vivienda es una sociedad mercantil sin ánimo de lucro, formada por socios cooperativistas que se unen para construir y adquirir viviendas en las mejores condiciones de calidad y precio posibles. La cooperativa tiene como objetivo proporcionar a sus socios promotores viviendas y locales, edificaciones y obras complementarias. Para ello, puede adquirir, parcelar y urbanizar terrenos, así como realizar los trabajos, obras y servicios necesarios para la consecución de sus objetivos. Los socios cooperativistas participan activamente e intervienen en todas las decisiones importantes que afectan a sus futuras viviendas, divididas en cuatro fases principales: localización y reserva del suelo, formalización de la escritura, ejecución de las obras y entrega de llaves. La regulación de las cooperativas de viviendas en España está establecida por la Ley 27/1999 y sus Estatutos Sociales, que determinan los derechos y obligaciones de los socios en este tipo de organizaciones.</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">Una cooperativa de vivienda es una organización sin ánimo de lucro, creada por un grupo de personas que buscan satisfacer la necesidad común de acceder a una vivienda. Similar a la autopromoción individual de casas unifamiliares, en este modelo, los miembros colaboran para obtener viviendas de alta calidad a un coste más accesible que otras formas de promoción inmobiliaria, lo que resulta en precios de compra más bajos.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Funcionando como promotora de las viviendas, la cooperativa asigna estas propiedades a sus miembros a precio de coste, eliminando así la ganancia que normalmente añadiría un promotor al precio final del inmueble. De esta manera, cada miembro no solo contribuye a la creación de la cooperativa, sino que también se beneficia directamente al recibir una vivienda sin el margen de beneficio comercial.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En esencia, una cooperativa de vivienda es una sociedad mercantil sin ánimo de lucro, formada por socios cooperativistas que se unen para construir y adquirir viviendas en las mejores condiciones de calidad y precio posibles. La cooperativa tiene como objetivo proporcionar a sus socios promotores viviendas y locales, edificaciones y obras complementarias. Para ello, puede adquirir, parcelar y urbanizar terrenos, así como realizar los trabajos, obras y servicios necesarios para la consecución de sus objetivos.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Los socios cooperativistas participan activamente e intervienen en todas las decisiones importantes que afectan a sus futuras viviendas, divididas en cuatro fases principales: localización y reserva del suelo, formalización de la escritura, ejecución de las obras y entrega de llaves.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La regulación de las cooperativas de viviendas en España está establecida por la Ley 27/1999 y sus Estatutos Sociales, que determinan los derechos y obligaciones de los socios en este tipo de organizaciones.</p>
<p>La entrada <a href="https://cooperatiagestion.es/cooperativa-de-viviendas/">Cooperativa de viviendas</a> se publicó primero en <a href="https://cooperatiagestion.es">Cooperatia</a>.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>VPP- Vivienda Protección Pública</title>
		<link>https://cooperatiagestion.es/vpp-vivienda-proteccion-publica/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[cooper19]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 05 May 2024 11:21:11 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Diccionario Inmobiliario]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://www.urbanisticos.es/diccionario-inmobiliario//</guid>

					<description><![CDATA[<p>Las Viviendas de Promoción Pública (VPP) son aquellas cuya adquisición del suelo, financiación y construcción son gestionadas por una entidad pública. La principal característica de estas viviendas es su precio reducido, y su asignación generalmente se realiza mediante un sorteo o concurso público. Este tipo de vivienda asequible se creó para proporcionar acceso a vivienda a personas o familias con necesidades específicas que cumplan con los requisitos establecidos por las administraciones locales. Para que una vivienda sea considerada VPP, debe cumplir varias condiciones, entre las cuales se incluyen: Entre las ventajas de este tipo de viviendas destaca su precio. Las VPP suelen tener un coste más asequible en comparación con los precios del mercado inmobiliario convencional, lo que las convierte en una opción atractiva para aquellos que desean adquirir su primera vivienda pero enfrentan dificultades económicas. Tipos de viviendas VPP: Viviendas de Protección Pública de Promoción Pública (VPP):</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">Las Viviendas de Promoción Pública (VPP) son aquellas cuya adquisición del suelo, financiación y construcción son gestionadas por una entidad pública. La principal característica de estas viviendas es su precio reducido, y su asignación generalmente se realiza mediante un sorteo o concurso público. Este tipo de vivienda asequible se creó para proporcionar acceso a vivienda a personas o familias con necesidades específicas que cumplan con los requisitos establecidos por las administraciones locales.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Para que una vivienda sea considerada VPP, debe cumplir varias condiciones, entre las cuales se incluyen:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Superficie máxima</li>



<li>Precio máximo de venta</li>



<li>Ingresos familiares</li>



<li>Otros requisitos específicos según la localización y normativa local</li>
</ul>



<p class="wp-block-paragraph">Entre las ventajas de este tipo de viviendas destaca su precio. Las VPP suelen tener un coste más asequible en comparación con los precios del mercado inmobiliario convencional, lo que las convierte en una opción atractiva para aquellos que desean adquirir su primera vivienda pero enfrentan dificultades económicas.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Tipos de viviendas VPP:</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Viviendas de Protección Pública de Promoción Pública (VPP):</strong></p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>VPP de uso propio o compraventa:</strong>
<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Viviendas con Protección Pública de Precio Limitado (VPPL):</strong> Hasta 150 m², con un precio máximo superior.</li>



<li><strong>Viviendas con Protección Pública Básica (VPPB):</strong> Hasta 110 m², con un precio máximo de compraventa, destinada a ingresos bajos.</li>
</ul>
</li>



<li><strong>VPP para arrendamientos:</strong>
<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Vivienda con Protección Pública para Arrendamiento (VPPA):</strong> Hasta 110 m² (150 m² para familias numerosas), con alquiler mensual limitado.</li>



<li><strong>Vivienda con Protección Pública para Arrendamiento con Opción de Compra (VPPA OC):</strong> Hasta 150 m², alquiler mensual limitado, con opción de compra a futuro.</li>



<li><strong>Vivienda con Protección Pública para Arrendamiento con Opción de Compra para Jóvenes (VPPA OC J):</strong> Exclusiva para menores de 35 años, hasta 70 m², alquiler mensual limitado, con opción de compra a futuro.</li>



<li><strong>Vivienda de Integración Social (VIS):</strong> Para colectivos desfavorecidos, hasta 130 m², no transferible como propiedad.</li>
</ul>
</li>
</ul>
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			</item>
		<item>
		<title>Valor catastral y valor de mercado</title>
		<link>https://cooperatiagestion.es/valor-catastral-y-valor-de-mercado/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[cooper19]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 17 Oct 2023 10:58:14 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Diccionario Inmobiliario]]></category>
		<guid isPermaLink="false">http://localhost/urbanisticos.es/?p=20321</guid>

					<description><![CDATA[<p>Existen diversas maneras de determinar el valor de un bien inmueble, dependiendo del cálculo que se esté realizando. Hoy, explicaremos la diferencia entre el valor catastral y el valor de mercado de una vivienda. Valor catastral: El valor catastral es la evaluación registrada en el catastro de una propiedad o terreno. A menudo se calcula como un porcentaje del valor de mercado, establecido por normativas legales. En términos de valoración fiscal, el valor catastral es el monto determinado a través de normativas técnicas específicas con fines tributarios. Valor de mercado: En cambio, el valor de mercado es el precio al que un inmueble podría venderse en una fecha determinada, mediante un acuerdo privado entre un vendedor dispuesto y un comprador independiente. Esto se considera bajo la suposición de que la propiedad se ofertaría públicamente en el mercado, siempre que las condiciones del mercado permitan su disposición y se tenga en cuenta un plazo razonable para negociar la venta. En este contexto, se consideran varios aspectos: Esto aclara la diferencia entre el valor catastral, orientado a fines fiscales y basado en porcentajes del valor de mercado, y el valor de mercado, que se enfoca en el precio real de una propiedad en un escenario de transacción entre partes no relacionadas.</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">Existen diversas maneras de determinar el valor de un bien inmueble, dependiendo del cálculo que se esté realizando. Hoy, explicaremos la diferencia entre el valor catastral y el valor de mercado de una vivienda.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Valor catastral:</strong> El valor catastral es la evaluación registrada en el catastro de una propiedad o terreno. A menudo se calcula como un porcentaje del valor de mercado, establecido por normativas legales. En términos de valoración fiscal, el valor catastral es el monto determinado a través de normativas técnicas específicas con fines tributarios.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Valor de mercado:</strong> En cambio, el valor de mercado es el precio al que un inmueble podría venderse en una fecha determinada, mediante un acuerdo privado entre un vendedor dispuesto y un comprador independiente. Esto se considera bajo la suposición de que la propiedad se ofertaría públicamente en el mercado, siempre que las condiciones del mercado permitan su disposición y se tenga en cuenta un plazo razonable para negociar la venta.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En este contexto, se consideran varios aspectos:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>No debe existir relación previa entre el vendedor y el comprador, y ninguno debe tener un interés personal o profesional en la tasación más allá del contrato en sí.</li>



<li>La oferta pública en el mercado implica una comercialización adecuada según el tipo de inmueble y garantiza que ninguno de los participantes tenga información privilegiada.</li>



<li>El precio de la propiedad debe reflejar una estimación razonable del valor más probable que se obtendría en las condiciones del mercado existentes en la fecha de la tasación, excluyendo impuestos y gastos de comercialización.</li>
</ul>



<p class="wp-block-paragraph">Esto aclara la diferencia entre el valor catastral, orientado a fines fiscales y basado en porcentajes del valor de mercado, y el valor de mercado, que se enfoca en el precio real de una propiedad en un escenario de transacción entre partes no relacionadas.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>Superficie útil y superficie construida</title>
		<link>https://cooperatiagestion.es/superficie-util-y-superficie-construida/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[cooper19]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 17 Oct 2023 10:52:11 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Diccionario Inmobiliario]]></category>
		<guid isPermaLink="false">http://localhost/urbanisticos.es/?p=20316</guid>

					<description><![CDATA[<p>Al buscar una vivienda, es fundamental entender las diferentes medidas de superficie. Las más comunes incluyen la superficie útil y la superficie construida, además de otras como la superficie computable, la superficie construida con partes comunes y la superficie comprobada. A continuación, se detallan estas definiciones: Superficie útil: Esta medida abarca el área de suelo delimitada por la cara interior de los cerramientos de un edificio o de una parte específica del mismo. También incluye la mitad de la superficie de los espacios exteriores de uso privativo cubiertos, como terrazas, balcones, tendederos, porches y voladizos, entre otros. No se considera superficie útil la ocupada por cerramientos interiores fijos, elementos estructurales verticales o canalizaciones con una sección horizontal superior a 100 cm², ni la superficie del suelo cuya altura libre sea inferior a 1,5 metros. Tampoco se incluyen los espacios exteriores no cubiertos. Superficie construida: Esta medida es la suma de las diferentes superficies, teniendo en cuenta el grosor de las paredes y, en ocasiones, balcones, galerías, patios y conductos de ventilación. Superficie comprobada: Se refiere al área medida por un tasador, considerando las definiciones de superficie útil y superficie construida, junto con un plano acotado correspondiente. Superficie computable: En este caso, es la superficie construida más la parte proporcional de las zonas comunes, como la portería o la escalera, según la cuota de copropietario correspondiente. Superficie construida con partes comunes: Aquí, se considera la superficie construida junto con la parte proporcional de las áreas comunes asignada en función de la cuota de propiedad en los elementos comunes del edificio. Es esencial comprender estas definiciones al buscar una vivienda para garantizar una evaluación precisa de su tamaño y distribución.</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">Al buscar una vivienda, es fundamental entender las diferentes medidas de superficie. Las más comunes incluyen la superficie útil y la superficie construida, además de otras como la superficie computable, la superficie construida con partes comunes y la superficie comprobada. A continuación, se detallan estas definiciones:</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Superficie útil:</strong> Esta medida abarca el área de suelo delimitada por la cara interior de los cerramientos de un edificio o de una parte específica del mismo. También incluye la mitad de la superficie de los espacios exteriores de uso privativo cubiertos, como terrazas, balcones, tendederos, porches y voladizos, entre otros. No se considera superficie útil la ocupada por cerramientos interiores fijos, elementos estructurales verticales o canalizaciones con una sección horizontal superior a 100 cm², ni la superficie del suelo cuya altura libre sea inferior a 1,5 metros. Tampoco se incluyen los espacios exteriores no cubiertos.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Superficie construida:</strong> Esta medida es la suma de las diferentes superficies, teniendo en cuenta el grosor de las paredes y, en ocasiones, balcones, galerías, patios y conductos de ventilación.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Superficie comprobada:</strong> Se refiere al área medida por un tasador, considerando las definiciones de superficie útil y superficie construida, junto con un plano acotado correspondiente.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Superficie computable:</strong> En este caso, es la superficie construida más la parte proporcional de las zonas comunes, como la portería o la escalera, según la cuota de copropietario correspondiente.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Superficie construida con partes comunes:</strong> Aquí, se considera la superficie construida junto con la parte proporcional de las áreas comunes asignada en función de la cuota de propiedad en los elementos comunes del edificio.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Es esencial comprender estas definiciones al buscar una vivienda para garantizar una evaluación precisa de su tamaño y distribución.</p>
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	</channel>
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